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El estímulo de becas está dirigido a los estudiantes envigadeños egresados de las instituciones educativas ubicadas en el municipio de Envigado.
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 018 de 2024, se podrá financiar mediante apoyo económico hasta el ciento por ciento (100%) del valor de la matrícula, para bachilleres que accedan a instituciones superior del sector oficial y de hasta el setenta por ciento (70%) del valor de la matrícula (sin que dicho porcentaje supere el monto de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (5SMLMV), para estudiantes que accedan a universidades del sector privado y apoyo para manutención si el valor de la matricula no supera (1SMLMV), en este caso se le podrá otorgar 1.5 (SMLMV) por semestre o si el valor de la matricula se encuentra entre 1 SMLMV hasta 2 SMLMV se le podrá otorgar hasta 1 SMLMV por semestre de manutención.
Los requisitos habilitantes son los siguientes:
1. Haber egresado como bachiller de una Institución educativa ubicada en el municipio de Envigado.
2. Llevar al menos cinco (5) años ininterrumpidos de residencia en el Municipio de Envigado.
3. Estar inscrito en el SISBÉN de Envigado.
4. Demostrar vulnerabilidad económica (Certificado del SISBEN en su última versión, copia de servicios públicos domiciliarios de EPM, cartas laborales del grupo familiar, si es trabajador independiente certificado de ingresos firmado por contador y autenticado, declaración de renta del estudiante y de sus padres de familia (en caso de presentarla).
5. Haber presentado las pruebas SABER 11.
6. Tener un promedio académico del grado 11° superior a tres punto ocho (3.8); el cual debió ser cursado en una institución educativa del municipio de Envigado.
7. Para estudiantes que ya se encuentran cursando sus estudios superiores o se encuentren inscritos en programas por ciclos propedéuticos, deberán demostrar un promedio acumulado mínimo de tres punto cinco (3.5), y que no perdieron materias en los últimos dos semestres académicos cursados; además de cumplir con lo dispuesto en el presente reglamento.
8. Inscribirse en el medio disponible por el Municipio, con el fin de aspirar al beneficio, dentro de la oportunidad legal, en los programas académicos ofertados, conforme a los convenios suscritos con las universidades aliadas.
9. No contar con título de pregrado. Se exceptúa el caso de los técnicos profesionales y tecnólogos que estén admitidos para completar a través de ciclos complementarios, propedéuticos u homologación en la misma área de formación académica.
Actividad | Fecha de Inicio | Fecha Final |
Inscripciones | Miércoles 14 de mayo | Viernes 6 de junio |
Publicación lista de preseleccionados | Viernes 13 de junio | |
Legalización | Viernes 13 de junio | Martes 15 de julio |
Publicación lista seleccionados | Viernes 18 de julio |
Reglamento
Acuerdo
Servicio Social
Condiciones de Permanencia
Renovación del beneficio: Para la renovación el solicitante deberá demostrar y aprobar:
- Aprobación del semestre anterior con un promedio de 3.0 en adelante y carga académica completa. Ese se comprueba anexando el certificado expedido por la Institución de Educación Superior (El certificado deberá contener las notas por asignatura y el promedio del semestre).
- No haber sido sancionado por la institución de educación superior en donde cursa sus estudios. Para ello deberá suministrar el correspondiente certificado.
- Haber realizado treinta (30) horas de servicio social durante el semestre inmediatamente anterior, conforme a la aprobación previamente efectuada por la Secretaría de Educación, aportando el formato diligenciado para la prestación del servicio social.
- Estar prematriculado en la institución de educación superior, aportando la constancia o liquidación de matrícula expedida correspondiente al período a cursar, donde se indique programa académico, semestre, materias y valor de los derechos de matrícula.
Información de contacto:
contacto@corporaciongilbertoecheverri.gov.co
Números de la Corporación
(604-5409040)